VISTO:
La necesidad de incluir en el listado enunciativo de enfermedades crónicas de la ley N° 2774 en su Articulo 7° a la enfermedad celiaca y,
CONSIDERANDO:
Que dicha enfermedad es considerada como crónica por ser una patología de evolución prolongada que por lo general no tiene cura.-
Que como reconoce la Ley N° 2774 en su Artículo 1° incluyendo a aquellos agentes que padecen de cualquier tipo de enfermedad crónica.-
Que es necesario solicitar al Ministerio de Asuntos Sociales de la Provincia de Santa Cruz a actualizar y complementar el listado de enfermedad crónicas.-
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
En uso de sus facultades conferida por la ley N° 55 y concordante de la Provincia de Santa Cruz, sanciona con fuerza de:
ORDENANZA
Articulo 1°) SOLICÍTESE al Ministerio de Asuntos Sociales de la Provincia de Santa Cruz actualice el listado de Enfermedades Crónicas incluyendo la Enfermedad Celiaca en el mismo.-
Articulo 2°) ADHERIRSE a la Ley provincial N° 2774 que reconoce a aquellos agentes que padecen de cualquier tipo de enfermedad crónica y cuya situación laboral no encuadra en regimenes legales específicos ya vigente, la plena percepción de haberes aún cuando por causa de la misma deban ausentarse de su asiento de trabajo.-
Articulo 3°) DE FORMA.-
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