martes, 24 de abril de 2012
PROYECTO DE RESOLUCION ADHIRIENDO A EXPROPIACION DE YPF
miércoles, 11 de abril de 2012
VISTO:
Las resoluciones Nº 255-HCD-92, 536-HCD-96, 836/HCD/00, 964-HCD-2003, 1260/HCD/09 y 1277/HCD/09, y;
Que a través de los citados Instrumento legales se plantea la necesidad de contar en la localidad con profesional médico que efectúe las tareas de Sanidad de Frontera;
Que este Honorable cuerpo manifestaba en reiteradas oportunidades su preocupación ante
Que es necesario recordar que nuestro Puerto recibe de manera habitual buques procedentes de otros países no solo por cuestiones comerciales sino además buques capturados en aguas jurisdiccionales que deben ser trasladados a nuestro puerto, lo que genera el ingreso a nuestro territorio de personas provenientes de otros países;
Que se renuevan las situaciones de emergencia sanitaria y por lo tanto es necesario remarcar que existen antecedentes de haber ingresado por nuestro puerto a personas portadoras de enfermedades altamente infecciosas por lo que es de imperiosa necesidad actuar en consecuencia en pos del resguardo de la salud de nuestra población;
Que a través de las Resoluciones mencionadas este Honorable Cuerpo ha solicitado a la Dirección de Sanidad de Fronteras que se cubra a la brevedad la función de control médico en
Que
Que dicho control debe hacerse con anterioridad a las actuaciones de Prefectura Naval Argentina y Administración Nacional de Aduanas;
Que el Decreto Nº 817/92 del Poder Ejecutivo Nacional a establecido la desregulación de las actividades portuarias, y ha dispuesto que el Estado se reserve para sí el control sanitario, la policía de Seguridad y la preservación del medio ambiente, haciendo hincapié en la necesidad de mayor eficiencia y mejores servicios de los Puertos Argentinos;
Que en la actualidad existe esta Autoridad Sanitaria en la ciudad de Río Gallegos y Comodoro Rivadavia, quedando los Puerto del Litoral Marítimo del centro y norte de
Que por lo expuesto es menester dictar el Instrumento Legal pertinente;
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
R E S U E L V E
Artículo 2º) GIRAR copia de la presente al Ministro de Salud de
Artículo 3º) INVITASE a adherir a la presente Resolución a los Honorables Concejos Deliberantes de
Artículo 4º) DE FORMA.-