martes, 31 de marzo de 2009

VACANTE EN JUZGADO MUNICIPAL DE FALTAS

VISTO:

La Ordenanza Nº 919/HCD/90, referente a la creación del Juzgado Municipal de Faltas de Puerto Deseado y

CONSIDERANDO: 

Que en el mencionado Juzgado, debido al fallecimiento del Dr. JOLLY Carlos Alberto se encuentra vacante el cargo de Juez de Faltas;

Que a la fecha se encuentra a cargo en forma interina la Secretaria de dicho Juzgado, abogada Dra. BLANCO María Rosa;

Que es indispensable para el normal funcionamiento de dicho Juzgado, nombrar un Juez, de acuerdo a lo establecido en el Anexo I de la mencionada Ordenanza; 

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

En uso de las facultades que le confiere la Ley 55 y concordantes de la Provincia de Santa Cruz; sanciona con fuerza de:

O R D E N A N Z A

 Artículo 1°)   EFECTUASE el Llamado a Concurso para cubrir la vacante existente en el Juzgado Municipal de Faltas de Puerto Deseado, de acuerdo al orden de prioridades dispuesto en el Anexo I de la presente Ordenanza, en lo que respecta a la modalidad del Concurso.-

 

Artículo 2°) EL presente concurso se llevará a cabo mediante las cláusulas  y   condiciones establecidas en el Anexo I, de la presente Ordenanza. 

Artículo 3°)           LA Junta de Clasificación se integrara de la siguiente manera: 

1°) Por el Abogado Oldemar VILLA, Juez de Primera Instancia de     Puerto Deseado

2°) Por el Abogado Mauricio POMA, Asesor Legal del Municipio de             Puerto Deseado

3°) Por el Abogado Marcelo Román  ROSAS, Escribano Público de    Puerto Deseado

 Artículo 4°)  LOS aspirantes  a  ser designados en  los  cargos del Juzgado de Faltas Municipal, deberán  inscribirse en la Municipalidad de Puerto Deseado a partir del día 30 del mes de Junio y hasta el día 30 inclusive del mes de Julio del año en curso. Los títulos y antecedentes de los interesados, se mantendrán en sobre cerrado hasta el día 04 del mes de Agosto del corriente, fecha en que se reunirá la JUNTA DE CALIFICACIÓN para evaluar dichos curriculum.-

 Artículo 5°)  DEROGUESE la Ordenanza 4472-HCD-2006 por la pérdida de vigencia.-

 Artículo  6°) DE forma.-

 

 

 

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