viernes, 18 de septiembre de 2015
RESOLUCION SOLICITANDO NUEVO ESTABLECIMIENTO DE NIVEL SECUNDARIO EN NUESTRA LOCALIDAD
VISTO:
LA necesidad de contar en nuestra localidad con
un nuevo Establecimiento Educativo de nivel Secundario, y;
CONSIDERANDO:
Que
a través de un estudio realizado por parte de este Bloque parlamentario mediante
la consulta a los distintos establecimientos educativos de nivel secundario de
la localidad se ha establecido la necesidad de poseer un nuevo establecimiento
educativo;
Que en la
actualidad la matrícula de las distintas Instituciones se encuentran colmadas con
una expectativa de sobrepasar las actuales vacantes, de acuerdo a la cantidad de nacimientos y
aumento de la población, la cual fue constatada mediante informes remitidos por
el nosocomio local;
Que la misma
situación es puesta de manifiesto por los Directivos de las mencionadas
Instituciones quienes a su vez exponen su preocupación por el marcado
incremento de las matrículas escolares de los niveles inferiores;
Que desde
los últimos años esta problemática se ve reflejada en cada comienzo de año lectivo
cuando los alumnos quedan a la espera de la apertura de nuevas divisiones
y/o cursos, etc. para poder así suplir
esta mayor demanda educativa.
Que es
necesario tener en cuenta además que
nuestra localidad está atravesando un proceso de inserción en una nueva
actividad productiva, como lo es la actividad minera, por lo que se prevé un
mayor incremento aún de la población y por ende la necesidad de planificar la
concreción de un nuevo establecimiento;
Que a través de la Ordenanza Nº 4892/HCD/08, promulgada
por Decreto Nº 311/08 se adjudica la Manzana 330 al Consejo Provincial de
Educación con cargo a la Construcción de
un Establecimiento Educativo de Nivel Secundario;
Que según lo dispuesto por la Ley LEY N°
26.206 LEY DE EDUCACIÓN NACIONAL. En su Artículo 2º), La educación y el conocimiento son un bien
público y un derecho personal y social, garantizados por el Estado
Que según reza el Artículo
4°) de la norma precitada el Estado Nacional, las Provincias y la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires tienen la responsabilidad principal e indelegable de
proveer una educación integral, permanente y de calidad para todos/as los/as
habitantes de la Nación, garantizando la igualdad, gratuidad y equidad en el
ejercicio de este derecho, con la participación de las organizaciones sociales
y las familias.
Que por lo
expuesto es menester dictar el Instrumento Legal pertinente;
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
En uso de las facultades que le
confiere la Ley
55º y concordantes de la
Provincia de Santa Cruz:
R E S U E L V E
Artículo
1º) SOLICITAR al Superior Gobierno de la Provincia de Santa Cruz incluya dentro del Cálculo
de Recursos y presupuesto de Gastos e Inversiones para el ejercicio financiero
2016 el crédito necesario para la construcción y puesta en funciones de un
nuevo Establecimiento Educativo de Nivel Secundario en nuestra localidad por lo
expuesto en los considerando de la presente
Artículo
2º) GIRAR copia de la Presente al Sr. Gobernador de la Provincia de
Santa Cruz Dn. Daniel R. PERALTA, al
Sr. Intendente Municipal Dn. Luis A. AMPUERO a la Sra. Presidente del Consejo Provincial de Educación Prof.
Silvia A. SANCHEZ, y al Diputado
Provincial Dn. Roberto I. FERNANDEZ.
Artículo
3º) DE FORMA.-
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