jueves, 5 de septiembre de 2013

VISTO:
La Ordenanza Nº 4859/HCD/08 -“SISTEMA DE PROTECCION INTEGRAL DE LAS PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA, y;

CONSIDERANDO:

Que  este Honorable Cuerpo ha sancionado diversas ordenanzas   tendientes a la integración y equiparación de oportunidades  en cuanto al tránsito por la vía pública  y la accesibilidad de personas con movilidad reducida a lugares públicos;

Que en nuestra localidad, las personas con movilidad reducida aún encuentran barreras físicas en los itinerarios peatonales, escaleras de accesos a lugares públicos, falta de rampas especiales en las esquinas, etc., pese a la sanción de la normativa aludida.

Que si bien se ha avanzado de manera significativa en este tema, a través de la sanción  de diversos instrumentos por los cuales adherimos a la legislación  provincial y nacional relacionada, tanto en materia accesibilidad, como en beneficios sociales e impositivos aún queda hacer efectivo el cumplimiento de los dispuesto por las Ordenanzas vigentes.-

Que por lo expuesto es menester dictar el Instrumento legal pertinente;

POR ELLO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

En uso de las facultades que le confiere la ley 55º y concordantes de la Provincia de Santa Cruz, sanciona con fuerza de:

R E S U E L V E

Artículo 1º) SOLICITASE  al Departamento Ejecutivo Municipal arbitre los medios necesarios a fin de dar efectivo cumplimiento de la Ordenanza Nº 4859/HCD/08 -“SISTEMA DE PROTECCION INTEGRAL DE LAS PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA” a través de la implementación de un programa mediante el cual se eliminen definitivamente las barreras arquitectónicas existentes tanto en la vía pública como en los edificios públicos y privados con acceso al público.

Artículo 2º) SOLICITASE al Departamento Ejecutivo Municipal implemente un sistema de premios o beneficios impositivos para aquellos frentistas que se incluyan en el presente programa a través de acciones tendientes a la eliminación de barreras arquitectónicas en sus propiedades.

Artículo 3º) SOLICITASE  al Departamento Ejecutivo Municipal que a través del área de Medios realice campañas publicitarias destinadas a lograr el cumplimiento de la normativa mencionada ut supra y los beneficios otorgados por la misma.

Artículo 4º)  SOLICITASE al Departamento Ejecutivo Municipal incluya en el Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos e inversiones para el año 2014, el crédito necesario para afrontar dichos gastos.

Artículo 5º) GIRAR copia  de  la  presente  a A.D.P.A.DI., Escuela Especial Nº 11 “Canto a la Vida”, E.D.E.M, Departamento de Discapacidad y Tercera Edad dependiente de la Dirección de Desarrollo Humano.
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Artículo 6º)  DE FORMA.-