jueves, 5 de septiembre de 2013
VISTO:
CONSIDERANDO:
Que este Honorable Cuerpo ha sancionado diversas ordenanzas
tendientes a la integración y
equiparación de oportunidades en cuanto
al tránsito por la vía pública y la
accesibilidad de personas con movilidad reducida a lugares públicos;
Que en nuestra
localidad, las personas con movilidad reducida aún encuentran barreras físicas
en los itinerarios peatonales, escaleras de accesos a lugares públicos, falta
de rampas especiales en las esquinas, etc., pese a la sanción de la normativa aludida.
Que si
bien se ha avanzado de manera significativa en este tema, a través de la
sanción de diversos instrumentos por los
cuales adherimos a la legislación
provincial y nacional relacionada, tanto en materia accesibilidad, como
en beneficios sociales e impositivos aún queda hacer efectivo el cumplimiento
de los dispuesto por las Ordenanzas vigentes.-
Que por lo
expuesto es menester dictar el Instrumento legal pertinente;
POR
ELLO
EL
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
En uso
de las facultades que le confiere la ley 55º y concordantes de la Provincia de Santa Cruz,
sanciona con fuerza de:
R E S U
E L V E
Artículo 1º) SOLICITASE al Departamento Ejecutivo Municipal arbitre
los medios necesarios a fin de dar efectivo cumplimiento de la Ordenanza N º 4859/HCD/08 -“SISTEMA
DE PROTECCION INTEGRAL DE LAS PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA” a través
de la implementación de un programa mediante el cual se eliminen definitivamente
las barreras arquitectónicas existentes tanto en la vía pública como en los
edificios públicos y privados con acceso al público.
Artículo 2º) SOLICITASE al
Departamento Ejecutivo Municipal implemente un sistema de premios o beneficios
impositivos para aquellos frentistas que se incluyan en el presente programa a
través de acciones tendientes a la eliminación de barreras arquitectónicas en
sus propiedades.
Artículo 3º) SOLICITASE al Departamento
Ejecutivo Municipal que a través del área de Medios realice campañas
publicitarias destinadas a lograr el cumplimiento de la normativa mencionada ut
supra y los beneficios otorgados por la misma.
Artículo 4º)
SOLICITASE al Departamento Ejecutivo Municipal incluya en el Cálculo
de Recursos y Presupuesto de Gastos e inversiones para el año 2014, el crédito
necesario para afrontar dichos gastos.
Artículo 5º) GIRAR copia de la presente a A.D.P.A.DI., Escuela Especial Nº 11 “Canto a
la Vida ”, E.D.E.M,
Departamento de Discapacidad
y Tercera Edad dependiente de la Dirección de Desarrollo Humano.
-
Artículo 6º)
DE FORMA.-
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